Cómo pagar Bienes Personales

Bienes personales, o mejor llamado Impuesto sobre los bienes personales, es un arancel aplicado sobre los bienes personales localizados en el país que se dispongan en el patrimonio al 31 de diciembre de cada año. Asimismo, en ciertos casos, este impuesto se aplica sobre los bienes personales situados en el exterior.

El Impuesto sobre los bienes personales establece, en función de tu patrimonio, un monto mínimo. Si el cálculo de tus bienes supera dicho monto es necesario inscribirse al impuesto y presentar una declaración jurada en la que se determine el impuesto. El arancel a ingresar implica la aplicación de una alícuota al monto de la valuación de tu patrimonio.

El año pasado, durante el periodo fiscal 2019, el monto mínimo aplicable a la valuación de tu patrimonio fue de 2 millones de pesos (2.000.000). A partir de este periodo fiscal no están incluidos en el impuesto el “inmueble destinado a casa-habitación” cuando el valor del inmueble resulta inferior o igual a 18 millones (18.000.000).

En el próximo cuadro, podrás acceder a las alícuotas que se aplican al monto de la valuación de tu patrimonio:

¿Cuáles son los ciudadanos alcanzados por este impuesto?

  • Son las personas humanas y las sucesiones indivisas que se encuentren en el país por los bienes personales localizados en el país y también en el exterior.
  • Son las personas humanas y las sucesiones indivisas que se encuentren en el exterior por los bienes personales localizados en el país.
  • Son las sucesiones indivisas que se tributan por los bienes personales al 31 de diciembre de cada año. Esta fecha comprende un lapso temporal entre el fallecimiento del ciudadano por el que se comienza dicha sucesión indivisa y la declaración de los herederos.

¿Cómo valuar tus bienes durante el Período Fiscal 2019?

Aún estamos transitando el año 2020, por lo tanto, en la actualidad podés consultar la valuación de tus bienes personales del período fiscal 2019.

Te dejamos los links para que accedas a la valuación de los distintos bienes con un simple clic:

Anexo I:

Anexo II:

Anexo III:

Cómo presentar la Declaración Jurada de Bienes Personales

Para cancelar tu impuesto de bienes personales es necesario que presentes una declaración jurada. Existen dos tipos de declaración jurada:

  • La declaración jurada de carácter determinativa: es un acta que establece el monto a pagar por tu impuesto a los bienes personales y que debés presentar cuando tus bienes se encuentran valorados por un monto superior a 2 millones (2.000.000) de pesos (Período fiscal 2019).
  • La declaración jurada de carácter informativa: es un acta que establece un conjunto de datos relacionados con tu patrimonio que AFIP te solicita. Esta declaración NO determina el monto a pagar. Tenés que presentarla por las actividades que se enumeran en la siguiente imagen:

Los contribuyentes que deben pagar el impuesto a los bienes personales tienen que presentar la declaración jurada de carácter determinativa o de carácter informativa de sus bienes al 31 de diciembre mediante el servicio de AFIP de Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales.

En el caso de que hayas obtenido saldo a favor, cuando presentes la declaración jurada de carácter determinativa podés solicitar la devolución a través del aplicativo DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – Versión 4.0. Tendrás que generar un archivo y presentarlo en la página de AFIP, ingresando con tu clave fiscal y seleccionando la sección “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Cómo pagar Bienes Personales

En el caso de que hayas obtenido saldo a pagar de la declaración jurada de carácter determinativa, podrás abonar tu impuesto a los bienes personales de la manera que indicaremos a continuación:

Tendrás que generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la sección Presentación de DDJJ y Pagos.

  • Con clave fiscal:
    • Ingresá a la página de AFIP con tu clave fiscal.
    • Hacé clic en la sección Presentación de DDJJ y Pagos.
    • Seleccioná la opción “Nuevo VEP“.
    • Escogé una entidad de pago.
    • Entrá a tu entidad de pago seleccionada.
    • Aboná el VEP con tu clave del banco.
  • Con clave bancaria. A través de:
    • Link Pagos
    • Pago Mis Cuentas
    • Inter Banking
    • El Home Banking de los bancos habilitados:
      • Ingresá a la plataforma de la cuenta de tu Home Banking.
      • Seleccioná la opción “Pago de servicios”.
      • Presioná AFIP – Pago de Impuestos AFIP (VEP).
      • Completá los datos.

¡Eso fue todo! Que tengas una buena experiencia con el pago de tu impuesto a los bienes personales.

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